"...”. Seguidamente este Juzgado Ejecutor de Medidas dando cumplimiento al Mandamiento de Ejecución procede a declarar formalmente embargado ejecutivamente el anterior bien descrito, señalado y avaluado y declara la Desposesión Jurídica del mismo del patrimonio del demandado, haciendo entrega del mismo a la Depositaria Judicial designada, representada por el ciudadano Sigilo Alfredo Pulgar Galue, ya identificado, quien declara recibirlo en el estado en que se encuentra y conforme a las advertencias expresadas en la Ley..."