Siendo las 9:15 a.m. se trasladó este Juzgado Ejecutor y se constituyó en la casa de habitación de la demandada en la presente causa, ciudadana: Marbellas Yamilex Pernía Pérez, C.I. N° V-13.762.856, a quien se le concedió el derecho a la defensa y se hizo asistir del Abogado en ejercicio Eladio Roberto Rosales Mora, C.I. N° V-2.812.523, IPSA N° 72.136. Luego de conversar con la demandante: Abogada Marixa Pinto García, C.I. N° V-11.107.460, IPSA N° 169.552, se propuso un convenimiento de pago en los términos expresados en el acta, lo cual fue aceptado por la parte actora, se recibió la primera cuota en dinero efectivo por un monto de Bs. 25.000,oo. Acompañaron al personal del Tribunal como expertos el Perito Avaluador: José Ramón Méndez Belandria, C.I. N° V-3.940.488 y el Depositario Provisional Richard Eduardo Moncada Contreras, C.I. N° V-. Los funcionarios policiales Iván Alexis García y Jonny Oswaldo Cárdenas Depablos, C.I. N° V-13.929.934 y V-12.517.925 acompañaron al personal en fu.....