El Tribunal se constituyó en el inmueble de marras, se notificó de la presencia del tribunal y de su objeto al demandado, se le concedió el derecho a la defensa. Se designó al perito avaluador y al depositario provisional, quienes aceptaron el nombramiento y prestaron el juramento de ley. El demandado se hizo asistir de su abogado y para dar por culminado el proceso hizo un convenimiento de pago el cual fue aceptado por el demandante, razón por la cual el Tribunal decidió suspender la práctica de la medida y remitir las actuaciones al comitente para su respectiva homologación. No se contabiliza esta comisión como cumplida siguiendo los lineamientos de la Inspectoría General de Tribunales y el Departamento de asesoría legal de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura. Culminada la actuación del Tribunal se acordó regresar a la sede.