En este estado el Tribunal procede a hacer entrega del presente inmueble (Local Comercial ) libre de personas y cosas y en mal estado de conservación e higiene a la parte actora abogados José Manuel Restrepo Cubillos y Lindolfo Contreras Díaz, ya identificados, en su carácter de Apoderados Judiciales de la parte demandante, quienes lo reciben conformes y en el estado en que se encuentra, con la aclaratoria que dentro del mismo solo queda basura y algunos objetos deteriorados que el demandado manifestó no tener interés en retirar.