Seguidamente, el Tribunal procede a dar cumplimiento a la presente comisión conferida por el Juzgado Comitente. En este estado la Notificada NELLY LUNA DÍAZ, ya identificada, asistida por el abogado RODMY ANTONIO MANTILLA ESPINOZA, ya identificado, solicitó el derecho de palabra y concedido como le fue expuso: "Convengo en la presente causa y en el procedimiento de ejecución é igualmente siendo que existen bienes fungibles además de otros empotrados, pido muy respetuosamente a la parte actora se me conceda un plazo de cinco (05) días para la entrega formal del inmueble, obligándome para el día lunes 04 de mayo de 2009, a las 2:00 p.m. en la sede de este Tribunal Ejecutor de Medidas hacer entrega de las llaves del local completamente desocupado de bienes, cosas y personas con las respectivas solvencias de los servicios públicos. Igualmente en caso de incumplimiento de lo aquí ofrecido me comprometo a cancelar la suma de Bs. 7.000,00 mas los gastos correspondientes al desalojo, es todo".....