En este estado el Tribunal visto lo solicitado por el apoderado judicial de la ciudadana ZORAYA ELENA DELGADO DE GUEVARA, y en vista de las circunstancias muy particulares del presente caso acuerda conferir un lapso de tres dias continuos a los fines de que la referida ciudadana proceda al retiro voluntario de sus bienes y pertenencias existentes en el presente inmueble y de esa manera proceder a restituir el mismo al ciudadano ERNESTO ALI ZAMBRANO, libre de personas bienes y cosas, a tal efecto se fija desde ya el día lunes primero de octubre del presente año, a las 2:00 p.m. para restituir definitivamente la posesión a la parte ejecutante del presente acto.