...el Tribunal declara legalmente EMBARGADO EJECUTIVAMENTE el lote de terreno propio y las mejoras construidas sobre el mismo, señalados en este acto por la parte actora, hasta cubrir la suma de Treinta y Ocho Millones Seiscientos Ochenta Mil Setecientos Ochenta Bolivares con 88 céntimos (Bs. 38.680.780,88) monto éste decretado por el Tribunal de la Causa; y en consecuencia se declara su DESPOSESIÓN JURÍDICA de conformidad con lo establecido en el Articulo 536 del Código de Procedimiento Civil, quedando el Depositario Judicial designado en la obligación de ejercer la supervisión periódica a dicho inmueble.