se declara su Desposesión Jurídica conforme a lo establecido en el Articulo 536 del Código de Procedimiento Civil y ordena a la Notificada la expedición del Cheque de Gerencia por el monto embargado a nombre del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira. En este la Notificada hace entrega al Tribunal del Cheque de Gerencia signado con el N° 00004803 por el monto embargado, el cual se ordena agregar a la presente comisión. Asimismo este Tribunal acuerda expedir copia certificada de la presente acta y hacer entrega de la misma a la Notificada, para fines legales consiguientes. Es todo.