SE HOMOLOGO LA CONCILIACION TOTAL DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, producida entre los ciudadanos AIRIN MARCORIETH SOLEDAD CONOPOY BORRERO y ERWIN EDUARDO SANCHEZ VARGAS, en beneficio de su hija, de conformidad con los artículos 315 y 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente en concordancia con la excepción contenida en el articulo 384 ejusdem