DECLARA INADMISIBLE LA DEMANDADA POR ESTIMACION E INTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES JUDICIALES Y EXTRAJUDICIALES INTENTADA POR EL ABOGADO José Enrique Pernia Sánchez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 81.981 en contra de los ciudadanos Yhon Jairo Méndez Hernández y Fernando José Andrade Roa, venezolanos, titulares de las cedula de identidad N° V-16.744.742, N°V-14.903.786 en su orden, actuando con el carácter de Sindico Procurador y Alcalde de este Municipio. Y así se decide.