Declara: PARCIALMENTE CON LUGAR , la demanda por Obligación de Manutención a favor del niño: (Se omite el nombre) y en consecuencia el ciudadano ALVARO LUÍS GALARRAGA ÁVILA, deberá Cancelar a sus prenombrado hijo, la suma de: PRIMERO: El obligado deberá aportar la cantidad de Ochocientos Cuarenta Bolívares Fuertes Con Cero Céntimos Mensuales (Bs. Fs. 840, oo), SEGUNDO: En el mes de septiembre y diciembre la cantidad de Un Mil Seiscientos Ochenta Bolívares Fuertes Con Cero Céntimos (Bs. Fs. 1.680. oo), que incluyen la cuota de manutención y la cuota especial para gastos de útiles escolares y decembrinos respectivamente.