Este Tribunal de la revisión exhaustiva de la transacción realizada por las partes observa que el demandado se comprometió a cancelar la cantidad de TREINTA Y OCHO MIL BOLÍVARES (Bs.38.000,00), en dinero en efectivo, por concepto de lo adeudado, (monto de la deuda, costas y gastos del proceso), y la cantidad de OCHO MIL BOLÍVARES (Bs.8.000,00), por concepto de honorarios profesionales, el cual será cancelado mediante el pago de seis (6) cuotas consecutivas, pagaderas las cinco (5) primeras cuotas, cada una por la cantidad de SEIS MIL BOLÍVARES (Bs.6.000,00), que serán canceladas los días 30 de julio, 30 de agosto, 30 de septiembre, 30 de octubre, 30 de noviembre y una (1) última cuota el día 30 de diciembre de 2.013, por la cantidad de OCHO MIL BOLÍVARES, expresando el demandante que esta conforme con el acuerdo y que tiene mas nada que cobrar salvo la obligación allí contraída.
Y llenos como se encuentran los requisitos exigidos por la ley, se procede en derecho la homologación de .....