DECRETA LA SEPARACIÓN DE CUERPOS Y DE BIENES, por mutuo consentimiento de los cónyuges ciudadanos: JOSÉ REY CASTRO BONILLA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-10.149.051 y BLANCA OMAIRA GUERRERO PERNÍA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-10.152.830, ambos domiciliados en la Vía Principal de El Valle, frente a la Iglesia, Casa Nº H-73 Parroquia Dr. Juan Germán Roscio, Municipio Independencia, Estado Táchira