PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud DE REVISIÓN DE LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN presentada por la ciudadana YORAIMA MONCADA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.813.129 y domiciliada en el Municipio Independencia del Estado Táchira; contra el ciudadano ALEJANDRO NIETO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.652.216 y con domicilio en el Municipio Independencia del Estado Táchira.
SEGUNDO: SE FIJA EL AUMENTO DE LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN en la cantidad de UN MIL BOLIVARES (Bs.1.000,00) MENSUALES, los cuales deberá depositar el obligado alimentario en la cuenta de ahorros aperturada, a partir del mes de Noviembre de 2013.
TERCERO: En cuanto a los gastos de las temporadas escolar y de navidad, se fija una cuota extraordinaria, en la cantidad de UN MIL SEISCIENTOS BOLÍVARES (Bs.1.600,00) CADA UNA, adicionales a la cuota ordinaria mensual.
CUARTO: En cuanto a los gastos de asistencia médica y medicinas y cualquier.....