CAPÍTULO III
HOMOLOGACIÓN
En fecha 21 de Septiembre de 2007, siendo la diez (10:00) de la mañana día y hora fijado el acto conciliatorio de fijación de la obligación alimentaría, se abrió el acto comparecieron los ciudadanos: MAYRA EGLEE PERNIA PEREZ y VALENTIN MARTINEZ; quienes convinieron en fijar el monto de la obligación alimentaría, forma y oportunidad de pago; en consecuencia y por cuanto la conciliación entre las partes no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte homologación al acta de fecha 21 de Septiembre 2007, que corre inserto en el folio cuarenta (40) de conformidad con lo establecido en el Artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
Se acuerda la revisión anual del monto de la Obligación.....