Por las anteriores razones y consideraciones, este Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley actuando en primera instancia declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio por Ruptura Prolongada, formulada por los ciudadanos: CARLOS ALBERTO PERNÍA y SANDRA MARISOL RAMIREZ de PERNÍA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 9.222.676 y V- 11.499.122, respectivamente, todo de conformidad con el artículo 185-A del Código Civil Vigente y en consecuencia decide:
PRIMERO: Queda disuelto el vínculo conyugal contraído por los ciudadanos: CARLOS ALBERTO PERNÍA y SANDRA MARISOL RAMIREZ de PERNÍA, en fecha 22 de diciembre de 1.988, según acta Nro. 136, por ante la Prefectura del Municipio Fernández Feo del Estado Táchira. Y así se declara.
SEGUNDO: Liquídese la comunidad de bienes si la hubiere.....