En fecha 06 de junio de 2012, compareció la ciudadana: MARY RAMIREZ QUINTERO, quien convino en la fijación de la obligación de manutención para el niño EDWIN MIGUEL PUPIALES RAMÍREZ, la forma y oportunidad de pago de la misma; en consecuencia y por cuanto la conciliación entre las partes no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte homologación al acta de fijación del monto de la obligación de manutención de fecha 22 de mayo de 2012, de conformidad con lo establecido en el Artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente