Vista la transacción suscrita entre los ciudadanos JOSE ORLANDO VIVAS GARNICA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad NºV-3.621.046, asistido del abogado JOSÉ ASDRUBAL PATIÑO CACERES, inscrito en el Instituto de Previsión social del Abogado bajo el Nª 83.901, y le ciudadano LEISER ALFONSO VARGAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad NªV-12.516.238, asistido del abogado ORLANDO MANTILLA MARTÍN, inscrito en el Instituto de Previsión social del Abogado bajo el Nª 90.164 en el expediente de RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA, inserta a los folios 19 y 20, de fecha 18 de noviembre de 2010.
El Tribunal pasa a fin de pronunciarse sobre la transacción lo realizada en base a las siguientes consideraciones:
"ART. 255.¿La transacción tiene entre las partes la misma fuerza que la cosa juzgada".
"ART. 256.¿Las partes pueden terminar el proceso pendiente, mediante la transacción celebrada conforme a las disposiciones del Código Civil. Celebr.....