REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNÍN Y RAFAEL URDANETA
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA
202º y 153º
Me dirijo a usted en la oportunidad de informarle según circular Nº 23 sobre el procedimiento que se realizó con las consignaciones de canon de arrendamiento de vivienda, llevados por este Tribunal, del cual le informo que se cumplieron los lineamientos señalados, procediéndose con las notificaciones de ambas partes mediante boleta de notificación de conformidad con la circular Nº 49 de fecha 28 de Agosto de 2012, emanada por la Dirección Administrativa Regional del Estado Táchira, de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura. La cual señalaba que el día 12 de Noviembre de 2012, prescribía el plazo para retirar lo consignado por los titulares de la relación arrendaticia, y que el día inmediato siguiente, se iniciara el proceso de transferencia de fondos a la superintendencia Nacional de Arrendamiento de Vivienda, (SUNAV.....