Por las razones antes expuestas: ESTE JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Aumento de Obligación Alimentaria que formulara la Ciudadana: MAYRA ROSELY VELANDIA USECHE, en beneficio del Adolescente (omissis), por parte del Ciudadano: RAFAEL AURELIO PEREZ.
SEGUNDO: Este Tribunal fija como Aumento de Obligación Alimentaria la cantidad de la cantidad de SESENTA MIL BOLIVARES (Bs. 60.000,00) fuera de los OCHENTA MIL BOLIVARES (Bs. 80.000,00) para un total de CIENTO CUARENTA MIL BOLIVARES (Bs. 140.000,00) mensuales, en cuanto a los gastos correspondientes a uniformes, zapatos y mensualidades del colegio, deberán ser cubiertos por el obligado, e igualmente se fija la cantidad de SEISCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 600.000,00), como cuota extraordinaria del mes de Diciembre, aporte este fuera.....