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Decisiones del dia 07/05/2010

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado de los Municipios Junin y Rafael Urdaneta
Paginas 1 [Total de sentencias: 3] Página 1 de 1
N° Expediente : 3580-10 N° Sentencia : 1807 Fecha: 07/05/2010
Procedimiento:
Divorcio Por Ruptura Prolongada
Partes:
JORGE LUÍS RIVAS VERGARA - LILIANA AMPARO SALDARRIAGA MUNERA
Resumen:
EL TRIBUNAL PARA DECIDIR OBSERVA El artículo 185-A del Código Civil Venezolano, establece: Artículo 185-A.- Cuando los cónyuges han permanecido separados de hecho por más de cinco (5) años, cualquiera de ellos podrá solicitar el divorcio, alegando ruptura prolongada de la vida en común. Con la solicitud deberá acompañar copia certificada de la partida de matrimonio. En caso de que la solicitud sea presentada por un extranjero que hubiere contraído matrimonio en el exterior, deberá acreditar constancia de residencia de diez (10) años en el país. Admitida la solicitud, el Juez librará sendas boletas de citación al otro cónyuge y al Fiscal del Ministerio Público, enviándoles además, copia de la solicitud. El otro cónyuge deberá comparecer personalmente ante el Juez en la tercera audiencia después de citado. Si reconociere el hecho y si el Fiscal del Ministerio Público no hiciere oposición dentro de las diez audiencias siguientes, el Juez declarará el divorcio en la duodécima audie.....
Juez/Ponente:
Ana Ramona Acuña
Organo:
Juzgado de los Municipios Junin y Rafael Urdaneta
arriba

N° Expediente : 3594-10 N° Sentencia : 1808 Fecha: 07/05/2010
Procedimiento:
Divorcio Por Ruptura Prolongada
Partes:
MIGUEL ÁNGEL MONTIEL BRACHO - OLGA VARGAS PALENCIA
Resumen:
EL TRIBUNAL PARA DECIDIR OBSERVA El artículo 185-A del Código Civil Venezolano, establece: Artículo 185-A.- Cuando los cónyuges han permanecido separados de hecho por más de cinco (5) años, cualquiera de ellos podrá solicitar el divorcio, alegando ruptura prolongada de la vida en común. Con la solicitud deberá acompañar copia certificada de la partida de matrimonio. En caso de que la solicitud sea presentada por un extranjero que hubiere contraído matrimonio en el exterior, deberá acreditar constancia de residencia de diez (10) años en el país. Admitida la solicitud, el Juez librará sendas boletas de citación al otro cónyuge y al Fiscal del Ministerio Público, enviándoles además, copia de la solicitud. El otro cónyuge deberá comparecer personalmente ante el Juez en la tercera audiencia después de citado. Si reconociere el hecho y si el Fiscal del Ministerio Público no hiciere oposición dentro de las diez audiencias siguientes, el Juez declarará el divorcio en la duodécima audie.....
Juez/Ponente:
Ana Ramona Acuña
Organo:
Juzgado de los Municipios Junin y Rafael Urdaneta
arriba

N° Expediente : 3608-10 N° Sentencia : 1806 Fecha: 07/05/2010
Procedimiento:
Divorcio Por Ruptura Prolongada
Partes:
ROGER ANDRÉS VIVAS RIVERA - DELIA INES DELGADO DE VIVAS
Resumen:
EL TRIBUNAL PARA DECIDIR OBSERVA El artículo 185-A del Código Civil Venezolano, establece: Artículo 185-A.- Cuando los cónyuges han permanecido separados de hecho por más de cinco (5) años, cualquiera de ellos podrá solicitar el divorcio, alegando ruptura prolongada de la vida en común. Con la solicitud deberá acompañar copia certificada de la partida de matrimonio. En caso de que la solicitud sea presentada por un extranjero que hubiere contraído matrimonio en el exterior, deberá acreditar constancia de residencia de diez (10) años en el país. Admitida la solicitud, el Juez librará sendas boletas de citación al otro cónyuge y al Fiscal del Ministerio Público, enviándoles además, copia de la solicitud. El otro cónyuge deberá comparecer personalmente ante el Juez en la tercera audiencia después de citado. Si reconociere el hecho y si el Fiscal del Ministerio Público no hiciere oposición dentro de las diez audiencias siguientes, el Juez declarará el divorcio en la duodécima audie.....
Juez/Ponente:
Ana Ramona Acuña
Organo:
Juzgado de los Municipios Junin y Rafael Urdaneta
arriba

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