Por las razones antes expuestas: ESTE JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Aumento de Pensión de Alimentos que formulara la Ciudadana: ALEJANDRINA DÍAZ DELGADO, en su carácter de madre de los hermanos: DEIBY YOSMAN y HEIDI ALEJANDRA VELAZCO DÍAZ, en contra del ciudadano: PEDRO MANUEL VELAZCO.
SEGUNDO: Este Tribunal fija como Aumento pensión de alimentos para los hermanos: DEIBY YOSMAN y HEIDI ALEJANDRA VELAZCO DÍAZ, la cantidad de CINCUENTA Y TRES MIL QUINIENTOS SESENTA BOLÍVARES (Bs. 53.560,00) fuera de los CUARENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS CUARENTA BOLÍVARES (Bs. 46.440,00) que estaban fijados, para un total de CIEN MIL BOLIVARES (Bs. 100.000,00) mensuales y como Cuotas Extraordinarias para los meses de Julio y Diciembre la cantidad CINCUENTA Y SIETE MIL CIENTO VEINTE BOLÍVARES.....