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Decisiones del dia 22/05/2012

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado del Municipio Garcia de Hevía
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : 3.243 N° Sentencia : Fecha: 22/05/2012
Procedimiento:
Obligación De Manutención
Partes:
KELLY ROJAS Y ANGEL CONTRERAS
Resumen:
"......"PRIMERO: El ciudadano ANGEL ofrece entregar la cantidad de Bs. 600,oo mensuales en dos cuotas de Bs. 300,oo los días 15 y 30 de cada mes, en dinero en efectivo que le entregará a la ciudadana Kelly Rojas y esta le firmará un recibo en señal de conformidad y así lo acepta. SEGUNDO: Los gastos extraordinarios por concepto médicos, de medicinas y otros serán compartidos, es decir, 50% para cada padre. TERCERO: El Régimen de Convivencia Familiar a establecer de mutuo acuerdo. CUARTO: El inicio del cumplimiento del presente acuerdo será desde el presente mes de mayo de 2012. QUINTO: Ambas partes solicitan se HOMOLOGUE el presente convenimiento...". En consecuencia, visto el CONVENIMIENTO celebrado entre las partes, este Juzgado Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la HOMOLOGACIÓN,..."
Juez/Ponente:
Angel Otero
Organo:
Juzgado del Municipio Garcia de Hevía
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N° Expediente : 2.238 N° Sentencia : Fecha: 22/05/2012
Procedimiento:
Obligacion De Manutencion
Partes:
DORIS RAMIREZ Y JESUS VALDEZ
Resumen:
"...PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud de AUMENTO DE LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, incoada por la ciudadana DORIS ELISA RAMÍREZ, venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-11.302.459, actuando en nombre y representación de sus hijos XX. SEGUNDO: Se establece como monto de la OBLIGACIÓN DE MANUTENCION que el obligado JESUS MARIA VALDEZ GUIZA, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-9.351.505, debe pagar para sus prenombrados hijos, la cantidad de SEISCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 600,oo) mensuales, a partir del mes de junio de 2012. Dinero que deberá ser depositado dentro de los primeros cinco días de cada mes, en la cuenta de abierta para tal fin. TERCERO: Como cuota extraordinaria en el mes de AGOSTO, debe pagar el obligado la suma de DOS MIL BOLIVARES (Bs. 2000,oo) para los gastos escolares para sus prenombrados hijos. CUARTO: Como cuota extraordinaria en el mes de DICIEMBRE, debe pagar el obligado, la suma de TRES MIL BOLIVARES (Bs. 3000,oo) p.....
Juez/Ponente:
Angel Otero
Organo:
Juzgado del Municipio Garcia de Hevía
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