"...Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado del Municipio García de Hevia de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, el Divorcio por Ruptura Prolongada de la Vida en Común de los ciudadanos MANUEL DE JESÚS GELVEZ y ANA ELIODORA RODRÍGUEZ DE GELVEZ, plenamente identificados, de las características dichas, y de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 185-A del Código Civil, queda disuelto el vinculo conyugal contraído entre ellos, según Acta Nº 83 de fecha veintiocho (28) de septiembre de 1.989, ante el Juzgado del Municipio García de Hevia de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira..."