"...visto el DESISTIMIENTO expresado por la abogada ALEXANDRA MOLINA PEDRAZA, actuando en nombre de la demandante, este Juzgado Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la HOMOLOGACIÓN, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil...".