este JUZGADO DEL MUNICIPIO CORDOBA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY HOMOLOGA los puntos acordados por las partes de la audiencia Conciliatoria de conformidad y se le imparte sentencia pasada en autoridad de la cosa juzgada de conformidad con la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en consecuencia queda establecido:
PRIMERO: Se fija por concepto de OBLIGACION ALIMENTARIA la suma de TRESCIENTOS BOLIVARES (Bs. 300,00) QUINCENALES para un total de SEISCIENTOS BOLIVARES (Bs.600,00) MENSUALES, los cuales serán depositados los 15 y 30 de cada mes en una cuenta de ahorros que el Tribunal acordará abrir para tal fin, en la Entidad Bancaria bicentenario.
SEGUNDO: en el mes de diciembre el padre se compromete a comprar los estrenos del 24 y la madre los del 31. En lo que se refiere a regalo cada uno le dará uno.
TERCERO: en época de inicio del año e.....