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Decisiones del dia 28/02/2005

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado del Municipio Córdoba
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : 032 N° Sentencia : 11 Fecha: 28/02/2005
Procedimiento:
Aumento De La Obligacion Alimentaria
Partes:
LUZ MARINA FERNANDEZ/JOSE RAMON ROSO CANCHICA
Resumen:
JUZGADO DEL MUNICIPIO CORDOBA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: PRIMERO: Declara con lugar la solicitud de aumento de pensión de alimentos solicitada por la madre: LUZ MARINA FERNANDEZ SEGUNDO: Se fija el aumento solicitado, teniendo en cuenta que se trata de una sola hija (adolescente) en la suma de VEINTE MIL BOLIVARES (Bs. 20.000.00) para un total de OCHENTA MIL BOLIVARES (Bs. 80.000.00) mensual. TERCERO: En cuanto a la deuda que tiene el obligado de autos consistente en la suma de TRESCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 300.000.00) se estableció como fecha de cancelación el día 11 de Marzo del presente año, fecha en la cual el obligado deberá cancelar la misma. CUARTO: Se fija como cuota extraordinaria de AGOSTO la suma de VEINTE MIL BOLIVARES (Bs. 20.000.00) adicional al monto actual para un total de OCHENTA MIL BOLIVARE.....
Juez/Ponente:
Rosario Elena Duque Arias
Organo:
Juzgado del Municipio Córdoba
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N° Expediente : 152 N° Sentencia : 11 Fecha: 28/02/2005
Procedimiento:
Aumento De La Obligacion Alimentaria
Partes:
SOYREE HERRERA HERNANDEZ/JACKSON ENRIQUE CABALLERO CHACON
Resumen:
HOMOLOGA dicho acuerdo y se le imparte fuerza ejecutiva de conformidad con lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, acordando: PRIMERO: Se aumenta la suma de la pensión a NOVENTA MIL BOLIVARES (BS.90.000, 00) MENSUALES. SEGUNDO: La deuda que el obligado tiene por concepto de ticket cesta es la suma de DOSCIENTOS CUARENTA MIL BOLIVARES, que cancelará en el transcurso del mes de marzo del presente año. TERCERO: En el mes de agosto el padre comprará la lista de los útiles esclares, las botas deportivas y los zapatos colegiales; la madre comprará los uniformes de clase y deporte. CUARTO: Con respecto a los gastos médicos y de medicinas las partes acuerdan colaborar en un 50 % cada uno. QUINTO En el mes de diciembre para los gastos de fin de año, se fija una cuota extraordinaria y adicional a la pensión, la suma de DOSCIENTOS MIL BOLIVARES (BS. 200.000,00), para un total de DOSCIENTOS NOVENTA MIL BOLIVARES. SEXTO: Se acuerda.....
Juez/Ponente:
Rosario Elena Duque Arias
Organo:
Juzgado del Municipio Córdoba
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