este JUZGADO DEL MUNICIPIO CORDOBA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY HOMOLOGA, dicho acuerdo y se le imparte fuerza ejecutiva de conformidad con el articulo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, quedando acordado lo siguiente:
PRIMERO: CUATROCIENTOS VEINTE BOLIVARES (Bs. 420, 00) QUINCENALES, para un total de OCHOCIENTOS CUARENTA BOLIVARES (Bs. 840,00) MENSUALES, los cuales serán cancelados a partir del día 11 de Octubre del presente año, por cuanto se ha cumplido el año.
SEGUNDO: En el mes de inicio del año escolar el padre se compromete a comprar los Útiles Escolares para su hija y la madre se compromete a comprar los Uniformes Escolares para su hija.
TERCERO: Para el mes de diciembre el obligado se compromete a dotar a su hija de: vestido, ropa interior, calzado, útiles personales y regalos para el día 24 y la madre se compromete a.....