este JUZGADO DEL MUNICIPIO CORDOBA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY HOMOLOGA dicho acuerdo y se le imparte fuerza ejecutiva de conformidad con el articulo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, quedando establecido:
PRIMERO: Se establece el aumento de la cuota de la obligación de manutención en la suma de MIL BOLIVARES (Bs. 1.000,00), MENSUAL, los cuales serán depositados en la cuenta de ahorros del Banco Bicentenario, a nombre de la solicitante.
SEGUNDO: En el mes de Agosto queda establecido por concepto de Útiles Escolares, la cuota extraordinaria en QUINIENTOS BOLÍVARES (Bs. 500,00).
TERCERO: En el mes de Diciembre queda establecido como cuota extraordinaria la cantidad de MIL BOLÍVARES (Bs. 1.000,00), mas todos los beneficios que gozan sus hijos en la Empresa donde labora el padre.
CUARTO: En cuanto a gastos médicos será en igu.....