este Juzgado del Municipio Córdoba de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA SEPARACION DE CUERPOS Y BIENES, por mutuo consentimiento de los conyugues: JOSE ALFREDO RANGEL DABOIN y MARIA LAURA SANCHEZ SANCHEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedulas de identidad Nos. V- 13.821.284 y V- 16.959.334, respectivamente, civilmente hábiles, los cuales se regirán de acuerdo a lo estipulado por ellos en su escrito de separación.
JUEZ PROVISORIO
DRA. ROSARIO ELENA DUQUE
LA SECRETARIA
ABG. MIRIAN C. MARTINEZ Q.
En la misma fecha se le dio entrada bajo el Nº 427 del libro respectivo.
RED/rjcm.