este JUZGADO DEL MUNICIPIO CORDOBA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY HOMOLOGA dicho acuerdo y se le imparte fuerza ejecutiva de conformidad con el articulo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, quedando establecido:
PRIMERO: Se establece la cuota de la obligación de manutención por la suma de QUINENTOS BOLIVARES (Bs. 500,00) MENSUAL.
SEGUNDO: En el mes de agosto queda establecida como cuota extraordinaria para los Útiles y Uniformes Escolares, el bono que para estos efectos le otorga el Ministerio del Poder Popular para la Educación al obligado.
TERCERO: la cuota extraordinaria de QUINIENTOS BOLÍVARES (Bs. 500,00) para los gastos decembrinos, así como también el bono navideño que otorga dicho organismo para los hijos de los trabajadores.
CUARTO: En cuanto a gastos médicos será en igualdad de condiciones, es decir el 50% cada uno cua.....