este JUZGADO DEL MUNICIPIO CORDOBA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY HOMOLOGA dicho acuerdo y se le imparte fuerza ejecutiva de conformidad con el articulo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, quedando establecido:
PRIMERO: En mutuo acuerdo han convenido en rebajar la Obligación de Manutención de SEISCIENTOS BOLIVARES (Bs. 600,00) MENSUALES a CUATROCIENTOS BOLIVARES (Bs. 400,00) MENSUALES, de los cuales el padre se comprometió a cancelar DOSCIENTOS BOLIVARES (Bs. 200,00) QUINCENALES para un total de CUATROCIENTOS BOLIVARES (Bs. 400,00) MENSUALES, los cuales serán depositado los días 15 y 30 de cada mes
SEGUNDO: En el mes de DICIEMBRE el padre se compromete a comprar los estrenos del día veinticuatro (24) y la madre el estreno del día treinta y uno (31) de Diciembre, en lo ateniente al regalo navideño será en igualdad .....