este Juzgado HOMOLOGA los puntos acordados en la audiencia conciliatoria y se le imparte fuerza ejecutiva de conformidad con lo establecido en el artículo 261 del Código de Procedimiento Civil , en consecuencia queda establecido:
PRIMERO: se le concede el lapso de entrega de la vivienda, objeto de la presente solicitud a ciudadana OMAIRA DAVILA FERNANDEZ. hasta el día 15-12-05.
SEGUNDO: Queda suspendido el archivo del expediente, hasta tanto se dé cumplimiento al convenido por las partes en el presente acuerdo. CUMPLASE