se HOMOLOGA los puntos acordados por las partes de la audiencia Conciliatoria y se le imparte fuerza ejecutiva de conformidad con el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en consecuencia queda establecido:
PRIMERO: Se fija en la suma de TREINTA MIL BOLIVARES (Bs. 30.000,00), SEMANALES, que el Ciudadano JOSE TOMAS PLAZA deberá depositar en una cuenta bancaria que se abrirá para tal fin, a sus hijos: la adolescente: DARCY PAOLA y el niño: MAIKER JOSE PLAZA MENDOZA.
SEGUNDO: Con respecto a útiles y uniformes escolares, gastos de emergencias médicas, los medicamentos, estrenos de navidad, regalos, y cualquier otro gasto adicional, serán cubiertos en partes iguales o sea un 50% por cada uno de los progenitores, donde el padre se comprometió a comprar los útiles escolares y la madre los uniformes, igualmente en la fecha decembrina la madre comprara los estrenos (ropa, zapatos, etc.) del 24 y el padre los del 31 de igual forma.
TERCERO: Q.....