este JUZGADO DEL MUNICIPIO CORDOBA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY HOMOLOGA dicho acuerdo y se le imparte fuerza ejecutiva de conformidad con el articulo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, quedando acordado lo siguiente:
PRIMERO: Se establece el AUMENTO DE LA OBLIGACION DE MANUTENCION, en la suma de TRESCIENTOS BOLIVARES QUINCENALES (Bs. 300,00) para un total de SEISCIENTOS BOLIVARES MENSUALES (Bs. 600,00), a partir del mes de enero del año 2012.
SEGUNDO: En el mes de DICIEMBRE el padre comprara los estrenos para sus 04 hijos para el día 24 y la madre los comprará para el día 31.
TERCERO: Así mismo en el mes de DICIEMBRE el padre comprará zapatos para dos de sus hijos y la madre los comprará para los otros dos.
CUARTO: a partir del mes de mayo del 2012 el padre se compromete a cance.....