este JUZGADO DEL MUNICIPIO CÓRDOBA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, acuerda:
PRIMERO: Declara con lugar la solicitud de revisión de la pensión de alimentos interpuesta por el ciudadano Lisandro Joaquín Benítez Benítez.
SEGUNDO: Fija en el monto de noventa mil bolívares (Bs. 90.000. °°), la pensión mensual, que el obligado deberá suministrar al niño Lisandro José Benítez González.
TERCERO: Cuota extraordinaria para el mes de diciembre de cien mil bolívares (Bs. 100.000. °°), para un total de ciento noventa mil bolívares (Bs. 190.000. °°).
CUARTO: El bono por regalo de fin de año otorgado por el componente de la Guardia Nacional, ser prorrateado por partes iguales en los tres (3) niños.
QUINTO: Los gastos de médico y medicinas serán divididos en un 50% por cada padre, previa la presentación de recipe médico y factura de consumo de medicamento. CUMPLASE.
LA JUEZ PROVISORIO.....