este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil.- DECLARA: CONSUMADA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, Publíquese, cópiese y notifíquese al Fiscal competente-
Dada, firmada y sellada en la Sede donde Despacha el Juzgado de los Municipio Córdoba de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.- Santa Ana, cuatro (04) de Abril del año dos mil trece (2.013).-Años 202° de la Independencia y 154° de la Federación.-
LA JUEZ PROVISORIO,
ABG. AIDALIA MARGOT IGLESIAS DELGADO
LA SECRETARIA TEMPORAL
ABG. MARÍA EUGENIA RODRÍGUEZ H
En la misma fecha se publicó el anterior fallo, siendo las: once y treinta (11:30) antes-meridiem. Se cumplió con lo ordenado y se dejó copia certificada para el archivo.-
LA SECRETARIA TEMPORAL