Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello de la Circunscripción judicial del Estado Táchira Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, DECIDE:
PRIMERO: Declara Con lugar la solicitud de Fijación de Pensión de Alimentos formulada por la ciudadana LINDSAY CELESTE GONZALEZ ALVAREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.V-14.785.537, domiciliada en Toiquito, Municipio Guásimos, Estado Táchira y hábil, en su carácter de madre de los niños (omitido por art.65 LOPNA), contra el ciudadano JHON BRUCELIS MEDINA MALDONADO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.V-15.027.729, domiciliado en Capacho, Municipio Independencia, Estado Táchira y hábil.-
SEGUNDO: Se fija como Pensión de Alimentos para los niños (omitido por art.65 LOPNA)la cantidad de DOSCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs.200.000,00) mensuales, la cual deberá ser pagada dentro .....