Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, DECIDE:
PRIMERO: Declara Con lugar la solicitud de Cumplimiento de Pensión de Alimentos formulada por la ciudadana LAURA CELINA CHACON COLMENARES, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.V-110.152.977, domiciliada en Patiecitos, Municipio Guásimos, Estado Táchira, y hábil, en su carácter de madre de los adolescentes (omitido por art.65 LOPNA), contra el ciudadano SALUSTIANO LEAL FIALLO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.V-5.688.940, domiciliado en Patiecitos, Municipio Guásimos, Estado Táchira y hábil.-
SEGUNDO: Se Condena al ciudadano SALUSTIANO LEAL FIALLO, a pagar la cantidad de de UN MILLON SETECIENTOS MIL BOLIVARES (Bs.1.700.000,00), equivalente a la cantidad de MIL SETECIENTOS.....