Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, DECIDE:
PRIMERO: Declara Sin lugar la Demanda que por Desalojo intentó la ciudadana IRMA JUDITH ACEVEDO HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.V-11.975.995, domiciliada El Hiranzo, Municipio Cárdenas, Estado Táchira y hábil, actuando en nombre y representación del ciudadano OSMAR ALFREDO MARIN DAZA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.V-5.662.939, domiciliado en Táriba, Municipio Cárdenas, Estado Táchira y hábil, asistida por las Abogada en ejercicio YESSENIA RODRIGUEZ LAITON y LUZ INDIRA GAMEZ SUAREZ, titulares de las Cédulas de Identidad Nos.V-16.408.255 y V-15.990.154 e inscritas en el Inpreabogado bajo los Nos.115.945 y 115.942, contra la ciudadana ELSA LEONOR JAIMES C.....