Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, DECIDE:
PRIMERO: Declara parcialmente con lugar la solicitud de Aumento de Pensión de Alimentos formulada por la ciudadana ANA LUCIA MARQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.V-11.971.446, de este domicilio y hábil, en su carácter de madre del niño (omitido por art. 65 LOPNA), contra el ciudadano JOSE ALEXANDER LUNA ZAMBRANO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.V-11.302.784, domiciliado en San Cristóbal, Estado Táchira y hábil.-
SEGUNDO: Se fija como Pensión de Alimentos para el niño (omitido por art. 65 LOPNA), la cantidad de CIENTO CUARENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS SESENTA BOLIVARES (Bs.148.560,00) mensuales, la cual deberá ser pagada dentro de los cinco primeros días de cada me.....