Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello de la Circunscripción judicial del Estado Táchira Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, DECIDE:
PRIMERO: Declara Con lugar la Demanda que por Desalojo intentó la ciudadana JHOOIS COROMOTO ESCALANTE PULIDO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad No.V-13.349.134, de este domicilio y hábil, asistida por la Abogada en ejercicio YUNMY COROMOTO SANCHEZ MANTILLA, inscrita en el Inpreabogado bajo el No.53.221, contra el ciudadano RICHARD DAVID DELGADO PASTRAN, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.V-9.226.538, domiciliado en el Barrio Monseñor Briceño, Táriba, Municipio Cárdenas, Estado Táchira y hábil.-
SEGUNDO: Se Condena a la Parte Demandada a entregar a la Parte Demandante, en el mismo estado en que lo recibió, el inmueble arrendado consistente en una casa para habitación ubica.....