Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, DECIDE:
PRIMERO: Declara Con Lugar la Demanda que por Resolución de Contrato de Arrendamiento intentó la ciudadana NILEIRA DEL CARMEN CHACON JARA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.V-5.020.520, domiciliada en Táriba, Municipio Cárdenas, Estado Táchira y hábil, asistida por las Abogadas en ejercicio NANCY GUERRERO DE ALARCON y MARICELA M. MANCILLA CONTRERAS, titulares de las Cédulas de Identidad Nos.V-6.040.371 y V-9.126.258 e inscritas en el Inpreabogado bajo los Nos. 66.944 y 66.945, contra el ciudadano NELSON DEL CARMEN CHACON CHACON, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.V-3.795.180, domiciliado en Táriba, Municipio Cárdenas, Estado Táchira y hábil.-
SEGUNDO: Se Condena a l.....