Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, DECIDE:
PRIMERO: Declara Con Lugar la Defensa de Falta de Cualidad o Interés de la Parte Demandada para sostener el presente Juicio por ella alegada y contenida en el artículo 361 del Código de Procedimiento Civil.-
SEGUNDO: Declara Inadmisible la Demanda que por Desalojo intentó la ciudadana NATHALY ESTHER SOTILLO COLINA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V-9.416.246, domiciliada en Palmira, Municipio Guásimos, Estado Táchira y hábil, asistida por el Abogado en ejercicio JUAN ALEJANDRO VASQUEZ COLMENARES, titular de la Cédula de Identidad No.V-12.813.987 e inscrito en el Inpreabogado bajo el No.74.440, contra la ciudadana CARMEN GUADALUPE CONTRERAS MORA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de.....