Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECIDE:
PRIMERO: Declara Parcialmente Con lugar la Demanda que por Desalojo intentó la ciudadana YAJAIRA COROMOTO CARACHE CUJAR, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.V-9.138.018, de este domicilio y hábil, asistida por la Abogada en ejercicio AMALIA FRAGA CARACHE, titular de la Cédula de Identidad No.V-12.231.560 e inscrita en el Inpreabogado bajo el No.77.447, contra la ciudadana SILVIA CASTRO DE MELENDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.V-5.663.674, domiciliada en Palo Gordo, Municipio Cárdenas, Estado Táchira y hábil.-
SEGUNDO: Se Condena a la Parte Demandada a desalojar y entregar a la Parte Demandante totalmente solvente el inmueble alquilado constante de la planta baja, N.....