Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, DECIDE:
PRIMERO: Declara Parcialmente Con Lugar la solicitud de Cumplimiento y Aumento de Obligación de Manutención formulada por la ciudadana NAYLA YESSENIA ALTUVE, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.V-14.872.511, domiciliada en Táriba, Municipio Cárdenas, Estado Táchira y hábil, en su carácter de madre de la niña (omitido por art.65 LOPNA), contra el ciudadano JEAN CARLOS MORENO CASTILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.V-14.100.778, domiciliado en San Antonio, Municipio Bolívar, Estado Táchira y hábil.-
SEGUNDO: Se Condena al ciudadano JEAN CARLOS MORENO CASTILLO, a pagar la cantidad de CUATRO MIL DOSCIENTOS BOLIVARES FUERTES (Bs.F.4.200,00) por concepto de Pensiones de Al.....