Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello de la Circunscripción judicial del Estado Táchira Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, DECIDE:
PRIMERO: Declara Parcialmente Con lugar la solicitud de Aumento de Pensión de Alimentos formulada por la ciudadana YAKELIN RAMIREZ CRUZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad No.V-16.778.634, de este domicilio y hábil, en su carácter de madre de los niños ESTEFANY YULIET y YONATHAN STID TRIANA RAMIREZ, contra el ciudadano ESTEBAN TRIANA, colombiano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.E-82.209.491, domiciliado en ciudad Sucre, Municipio Páez del Estado Apure y hábil.-
SEGUNDO: Se fija como Pensión de Alimentos para los niños ESTEFANY YULIET y YONATHAN STID TRIANA RAMIREZ, la cantidad de CIEN MIL BOLIVARES (Bs.100.000,00) mensuales, la cual deberá ser pagada dentro de los cinco primeros día.....