Se declro INADMISIBLE LA DEMANDA QUE POR EL PROCEDIMIEBNTO POR INTIMACION intentara el ciudadano JOSE ADOLFO RIVAS DUARTE, obrando con el carácter de propietario del Fondo de Comercio COMERCIAL RIVAS, asistido por el Abogado en ejercicio OMAR ANTONIO MONSALVE CONTRERAS, en contra de la Alcaldía del Municipio Panamericano del Estado Táchira, representada por el ciudadano LLUVANE ALVAREZ, y por la Sindico Procurador Municipal ciudadana LIBIA JOSELIB ROSALES MONSALVE. por naturaleza del fallo no hay especial pronunciamiento en costas. la decisión es apelable conforme a lo previsto el la parte in fine del articulo 341 del Código de Procedimiento Civil.