SE Homologo el convenimiento, quedo fijada la Obligación de Manutención en la CANTIDAD DE CUATROCIENTOS BOLÍVARES ( Ns. 400,00) MENSUALES para la alimentación de sus hijos y los demás gastos serán compartidos en un 50% por cada progenitor. En cuanto al niño (xxxxx) el ciudadano: JOSÉ DEL CARMEN PEÑALOZA PALENCIA manifiesta que es su hijo y le pide a la madre que agilice todo lo necesario para manifiesta que es su hijo y le pide a la madre que agilice todo lo necesario para reconocimiento del mismo, y que lo ofrecido en el día de hoy es para la manutención de sus tres hijos. Se establecen dos bonos por la misma cantidad de la obligación de manutención para los meses de Octubre y diciembre para los gastos de útiles uniformes escolares y gastos decembrinos