Queda fijada la Obligación de Manutención en la CANTIDAD DE SEISCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 600,00) mensuales es decir la cantidad de TRESCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 300,00) quincenales mas dos potes de leche y un pote de crema de arroz para la alimentación de los niños (XXXXXXXXXXXXXX) respectivamente. y los demás gastos ropa zapatos gastos médicos, medicinas serán compartidos en un 50% por cada progenitor. TERCERO: Se establecen dos bonos por la cantidad SEISCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 600,00) para los meses de Septiembre y diciembre para los gastos de útiles uniformes escolares y gastos decembrinos. CUARTO: Dicho monto se aumentara en un 20% anualmente